Programa de defensoría del pueblo en materia de cuidados a largo plazo

Programa de defensoría del pueblo en materia de cuidados a largo plazo

Programa de defensoría del pueblo en materia de cuidados a largo plazo El Programa de defensoría del pueblo en materia de cuidados a largo plazo (Ombudsman)

Programa de defensoría del pueblo en materia de cuidados a largo plazo Ombudsman DCLTCO

Comunícate con nosotros al 202-434-2190 o envía un correo electrónico a . Las llamadas y correos electrónicos se responden dentro de 24 horas o el siguiente día laboral. El Programa de defensoría del pueblo en materia de cuidados a largo plazo Ombudsman DCLTCO es una parte importante de la Asesoría Legal para Adultos Mayores (LCE). El DCLTCO es un defensor y un recurso para personas que residen en instalaciones de cuidados a largo plazo, como hogares de ancianos, centros de vivienda asistida y centros de residencia comunitaria. El programa también provee servicios de defensoría a personas que reciben servicios por medio de la Exención para adultos mayores y personas con discapacidades físicas (EPD, Elder and Persons with Physical Disabilities Medicaid Waiver). Los defensores del pueblo ayudan a los residentes y sus familias a entender y ejercer sus derechos, y a abordar de manera eficaz las preocupaciones que afectan su salud, seguridad y calidad de vida. El programa aboga por los adultos mayores y personas con discapacidades a nivel individual y de los sistemas al recibir, investigar y resolver quejas hechas por o en nombre de residentes; promueve el desarrollo de consejos de residentes y familiares; e informa a agencias gubernamentales, proveedores y al público en general acerca de asuntos y preocupaciones que impactan a los que reciben apoyo y servicios de cuidados a largo plazo. Historia del programa El concepto del programa para las instalaciones de cuidados a largo plazo comenzó en 1971, cuando el presidente Richard Nixon pidió que se establecieran unidades independientes para investigar la mala calidad de los hogares de ancianos y los abusos de los derechos de los que residían en ellos.

En el Distrito de Columbia, el programa fue establecido en 1975 para asegurar, por medio de inquietudes y acción comunitaria, los derechos de los residentes de hogares de ancianos y centros de residencia comunitaria.

La enmienda de la Ley de Estadounidenses Mayores de 1978 ordenó el establecimiento de un Programa de defensoría del pueblo en materia de cuidados a largo plazo en cada estado. En 1981, las enmiendas de la Ley de Estadounidenses Mayores autorizaron al programa a servir a residentes de centros de residencia comunitaria. A partir del 1.º de octubre del 2012, el programa expandió su enfoque de servicios de activismo para que incluyera a residentes del Distrito que recibían en sus propios hogares servicios basados en la comunidad y en el hogar por medio de la Exención para adultos mayores y personas con discapacidades físicas de D.C. (EPD). Servicios de defensoría del pueblo Defienden los derechos de las personas mayores y otros individuos que reciben servicios de cuidados a largo plazo en el Distrito de Columbia; Investigan y resuelven quejas hechas por o en nombre de una persona mayor u otro individuo que recibe servicios de cuidados a largo plazo; Educan y facultan a los residentes para que puedan entender y ejercer sus derechos. El proceso es confidencial, enfocado en los residentes y gratuito. Servicios a domicilio y comunitarios A partir del 1.º de octubre del 2012, el programa expandió su enfoque de servicios de activismo para que incluyera a residentes del Distrito que recibían en sus propios hogares servicios basados en la comunidad y en el hogar por medio de la Exención para adultos mayores y personas con discapacidades físicas de D.C. (EPD). Voluntarios y pasantes jurídicos Los voluntarios y los pasantes jurídicos del programa fortalecen y aumentan los esfuerzos de activismo para los residentes del Distrito que reciben servicios de cuidados a largo plazo en hogares de ancianos, centros de vivienda asistida y centros de residencia comunitaria. Los defensores voluntarios visitan las instalaciones de cuidados a largo plazo con regularidad, vigilan las condiciones y el cuidado, y son la voz de aquellos que no pueden hablar por sí mismos. Los voluntarios deben completar un programa de capacitación para certificación y someterse a una verificación de antecedentes penales. Los voluntarios proveen asistencia en las siguientes actividades y eventos: Visitas a los residentes (que no están relacionadas con con quejas); Trabajo con los consejos de residentes y familiares; Educación comunitaria; Exposiciones, simposios, seminarios y conferencias. Contacto Oportunidades de voluntariado: 202-434-2190 Dirección postal Legal Counsel for the Elderly The Office of the D.C. Long-Term Care Ombudsman 601 E St. NW Washington, DC 20049-0001 Recursos adicionales AARP DC: 866-554-5384 Adult Protective Services: 202-671-4200 Aging and Disability Resource Center (ADRC): 202-724-5622 (DOH): 202-442-5955 D.C. Department of Health Care Finance: 202-724-7491 : 202-673-2200 (DCOA): 202-724-5626 Medicaid: 202-727-5355 : 800-633-4227 : 800-772-1213

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