Preguntas principales del Seguro Social AARP

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Preguntas principales del Seguro Social - AARP Seguro Social

Respuestas a las principales preguntas sobre el Seguro Social

Averigua si puedes trabajar mientras recibes beneficios y cuándo comenzar a cobrarlos

1 ¿Cuándo debería comenzar a cobrar el Seguro Social

Puedes comenzar a a partir de los 62 años o tan tarde como a los 70, incrementándose el pago con cada mes que postergues tu cobro. Una persona de 62 años a la que hoy le corresponde cobrar $750 mensuales, recibirá $1,000 si espera hasta los 66, y $1,320 si recién reclama sus beneficios a los 70. Antes de decidir, pregúntate: ¿Qué tanto necesito el ? Si puedo darme el lujo de esperar, ¿es mi salud lo suficientemente buena como para tener probabilidades de vivir hasta los 70 o más allá y así poder cobrar esos beneficios más elevados?

2 ¿Cuánto dinero cobraré

La cifra dependerá de los ingresos que registres a lo largo de tu vida. Por lo general, cuanto más ganes, más alto será tu beneficio. Tu beneficio básico está relacionado con tu FRA (), que depende del año en que hayas nacido. Para los nacidos entre 1943 y 1954, la FRA es 66 años. Esa edad está aumentando lentamente. Para los nacidos a partir de 1960, la FRA será 67. La Social Security Administration (Administración del Seguro Social) y AARP tienen que pueden darte un estimado de tus futuros pagos.

3 ¿Puedo seguir trabajando luego de comenzar a cobrar mis beneficios ¿Existe un límite sobre mis ingresos

La respuesta a ambas preguntas es afirmativa. Si tienes entre 62 años y la , y continúas trabajando, el Seguro Social retendrá $1 en beneficios por cada $2 que ganes por encima de los $15,480 en el 2014. Luego, el año en que vayas a alcanzar tu edad plena de jubilación, estarás sujeto a un nuevo límite de ingresos de $41,400, y se te retendrá $1 en beneficios por cada $3 que ganes por encima de esa suma. Sin embargo, a partir del día en que cumplas la edad plena de jubilación, los desaparecerán, y podrás ganar tanto como quieras. Entonces, el Seguro Social también aumentará tu pago mensual como para devolverte, con el tiempo, beneficios que no se te pagaron en virtud de los límites de ingresos.

4 Soy divorciado ¿Puedo recibir beneficios a partir de los antecedentes laborales de mi excónyuge

Puedes, aun cuando tu se haya vuelto a casar. Según la normativa, tienes que haber estado casado por al menos 10 años, tener 62 o más años de edad y no estar casado. Tu excónyuge tiene que ser elegible para recibir beneficios, y el importe que podrías percibir en función de tus propios antecedentes laborales tiene que ser inferior del que te corresponda según los antecedentes de tu ex.

5 Fui un ama de casa dedicada a sus hijos y nunca trabajé pero sí lo hizo mi marido ¿Podré recibir beneficios del Seguro Social

Sí. Una vez que tu marido solicite sus beneficios, te tornarás elegible para un sobre la base de sus antecedentes laborales. Si ambos alcanzaron la , podrás recibir una cantidad igual al 50% de su beneficio. Sin embargo, si comienzas a percibirlo antes, tu beneficio será reducido en forma permanente en un porcentaje que dependerá de la cantidad de meses que te falten para llegar a la edad plena de jubilación.

6 Si mi cónyuge muere antes de comenzar a cobrar el Seguro Social ¿podré percibir un beneficio para viudos

Si tu cónyuge era elegible para beneficios por jubilación y esperas hasta alcanzar la edad plena de jubilación, podrás percibir el 100% de lo que le hubiera correspondido cobrar a tu cónyuge. No obstante, si cobras un antes de alcanzar la edad plena de jubilación, tu beneficio será reducido. Podrás cobrarlo a partir de los 60 años, o a los 50 si eres discapacitado y tu discapacidad se produjo antes o dentro de los siete años del fallecimiento de tu cónyuge.

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7 ¿Debo pagar impuestos federales sobre mis beneficios

Dependerá de qué otros ingresos tengas. Probablemente sobre una parte de tu Seguro Social si presentas tu declaración de impuestos individualmente y registras ingresos por más de $25,000. Lo mismo sucederá si presentas tu declaración de impuestos conjuntamente con tu cónyuge y registran ingresos superiores a los $32,000. Dependiendo de cuánto ganes, hasta el 85% de tu Seguro Social podría resultar imponible.

8 ¿Puedo hacer que se retengan impuestos federales de mis beneficios

Sí. Necesitarás completar el formulario W-4V del IRS. Te dará cuatro opciones respecto de cuánto dinero quieres que te sea retenido: el 25%, el 15%, el 10% o el 7%. Podrás llamando al Seguro Social al 800-772-1213 (TTY 800-325-0778).

9 ¿Qué es el SSDI Seguro por Discapacidad del Seguro Social y cómo funciona

El es un beneficio que se centra en disfunciones físicas o mentales lo suficientemente severas como para impedirte ejercer tu ocupación habitual o cualquier otro empleo. La definición de discapacidad es estricta: la efermedad debe haber durado o preverse que vaya a durar al menos 1 año o resultar en la muerte de la persona. Los beneficios por discapacidad se pagan a trabajadores ciegos o discapacitados y, al igual que los beneficios por jubilación del Seguro Social, a sus dependientes. Los candidatos a recibir beneficios por discapacidad deberán demostrar la gravedad de sus enfermedades, un proceso que puede ser largo. Para solicitarlos en línea, remítete a .

10 ¿Qué podemos hacer mi cónyuge y yo para incrementar nuestros beneficios

La mejor manera de lograrlo es que trabajen tanto tiempo puedan y que aguanten todo lo posible antes de empezar a percibir los beneficios. Las parejas también pueden analizar la estrategia denominada “. Básicamente, el cónyuge A solicita beneficios e inmediatamente después suspende su percepción, permitiendo que el cónyuge B comience a percibir un beneficio conyugal que puede llegar a representar hasta la mitad del beneficio por jubilación de A. Esto genera un colchón de ingreso a la familia, dado que los créditos por postergar la jubilación se acumulan; el suspender la percepción de su beneficio hará que, finalmente, cónyuge A vaya a recibir un beneficio por jubilación más alto. Lo mismo sucederá si cónyuge B trabajó y más tarde reemplaza su beneficio conyugal por un beneficio por jubilación basado en sus propios . Para poder utilizar esta estrategia, al menos uno de los integrantes de la pareja tiene que haber alcanzado la edad plena de jubilación.

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